KPMG-Comunicado Convenio entre Argentina y China por el fin del doble pago de impuestos. Dic. 2024

Pago de impuestos

Entró en vigor el convenio entre Argentina y China para evitar la doble imposición

Con la publicación en el Boletín Oficial entró en vigencia el convenio entre Argentina y China para la eliminación de la doble imposición. Este acuerdo tendrá efectos a partir del próximo 1 de enero, estableciendo un nuevo marco fiscal que beneficiará a ambos países, promoviendo un entorno más favorable para el comercio y la inversión.

Buenos Aires, 20 de diciembre de 2024 / KPMG. Ayer jueves 19 de diciembre el gobierno publicó en el Boletín Oficial la comunicación que pone en vigor el convenio para evitar el doble pago de impuestos entre Argentina y China. El acuerdo bilateral sigue el modelo de convenio fiscal de la OCDE, aplica a los impuestos a la Renta y al Patrimonio, y establece tasas de retención máximas para dividendos, intereses, regalías y ganancias de capital, entre otros. También contiene una cláusula de no discriminación que permite deducir ciertos gastos en su totalidad y sin limitaciones.

El convenio fue firmado en Bueno Aires en diciembre de 2018 por el entonces presidente Mauricio Macri y el líder chino Xi Jinping, siendo ratificado por China en 2019 y este año por la Argentina mediante la sanción de ley 27.780 promulgada el 17 de octubre. El tratado prevalece sobre las leyes domésticas argentinas. Esto significa que, aunque en el futuro se modifiquen las leyes argentinas, las disposiciones del convenio prevalecerán. Este aspecto brinda una mayor seguridad jurídica a las empresas y garantiza que los beneficios del acuerdo se mantendrán a largo plazo. Asimismo, elimina ciertas limitaciones a la deducción de gastos pagados entre los dos estados, optimizando la deducción de costos en el balance fiscal de las empresas.

Otro beneficio importante es que los impuestos pagados en uno de los países podrán ser utilizados como crédito fiscal en el otro, evitando así la doble imposición, donde una empresa o persona tendría que pagar impuestos en dos países diferentes por el mismo ingreso. Entre los puntos más destacados se encuentran las alícuotas reducidas de retención para el giro de dividendos, pagos de intereses o de regalías por el intercambio tecnológico y la venta de acciones.

Por otra parte, ciertos pagos a determinadas instituciones de propiedad o controladas por el Estado de China, tales como la Corporación Bancaria de Desarrollo de China, el Banco de Exportación e Importación de China, la Corporación de Inversiones de China y el Banco Industrial y Comercial de China, reciben mayores beneficios. El propio protocolo del convenio especifica cuáles son todas estas instituciones y permite que los estados puedan, de común acuerdo, agregar más entidades al listado.

Por ejemplo, si se pagan dividendos a las instituciones incluidas en el listado, la retención baja al 5%. Además, si se pagan intereses por préstamos otorgados o garantizados por estas empresas, hay una exención, y si dichas instituciones venden acciones argentinas, la retención también está topeada al 5%. También prevé las cláusulas típicas de intercambio de información y de nación más favorecida. Esto significa que si la Argentina acepta en un tratado con otro Estado una alícuota de imposición más baja o un tratamiento más favorable a ciertas rentas, éstas se aplicarán automáticamente sobre los pagos a China.

La entrada en vigor del convenio entre Argentina y China se produce en el contexto del inicio del Régimen de Incentivo a Grandes Inversiones (RIGI) que facilita la inversión de empresas chinas en proyectos clave contemplados en el RIGI que incluyen inversiones en procesos productivos, la explotación de recursos naturales y proyectos de infraestructura y construcción. –

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Claudio Negrete Williams
Gerente Senior de Comunicaciones
KPMG Argentina

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Autor entrada: La 5 Pata

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