Me gustaría explicar hoy los alcances de la resolución 49/24 del Secretario de Transporte
del
de
que desregula el servicio de rampas. Tiene mucho de bueno y de novedoso. Explicamos. El 49/24 instituye un proceso para acreditación de oferentes de rampas. Cualquier empresa en condiciones técnicas va a poder prestar el servicio. Se terminó el monopolio de Intercargo en cualquiera de sus posibles formas. Lo necesario para acreditar va a variar por aeropuerto o aeródromo ya que cada uno fijará sus requisitos operacionales. En un aeropuerto chico puede ser tener una escalera y una camioneta. Así, la oferta va a poder adecuarse a la demanda: surgirán pequeñas empresas proveedoras en todo el país. No hay necesidad de subsidios cruzados entre aeropuertos. Se eliminan todas las restricciones de precios. El cuadro tarifario: afuera! El punto más crítico de nuestra red aerocomercial son los slots de Aeroparque. Esos slots, desde el gobierno de
se asignan por mecanismos internacionales, pero la 49/24 introduce una novedad: instituye la posibilidad de negociar entre empresas esos slots. Entonces si surge una demanda excepcional o una empresa se ve no utilizando un slot preasignado, puede negociarlo con otra empresa. De esa manera nos aseguramos la eficiencia y utilización plena de todos los slots de Aeroparque 7×24 y ampliamos nuestra capacidad significativamente. Creamos un mercado donde antes no había. En casos de emergencia se permite a las fuerzas de seguridad a ofrecer el servicio de rampas. La 49/24 va completando un proceso de desregulación aerocomercial comenzado con el DNU 70/23 que es esencial para conectar nuestras ciudades con tránsito aéreo, haciendo real la integración del país y evitando accidentes en nuestra rutas. El camino de la libertad que nos marca el presidente
es el camino de la prosperidad, pero también del federalismo y la vida. VLLC!