GREGORIO BADENI-CONSTITUCIONALISTA
AUDIO.
LA5PATA_Entrevista Dr. Gregorio Badeni 16-11
DESGRABACIÓN
Copete:” YH: Hay otro tema peor, “estoy obligado a revelar mi fuente”, cuando hasta ahora la ley me obligaba a través de un Juez. …
GB: …Sí… se llega a interpretar esa clausula de ese modo, yo creo que no va a ser válida, porque colisiona con la Constitución Nacional que establece el secreto profesional y por añadidura el secreto de la fuente con rango Constitucional, pero todo es posible. También es desprolijo el hecho de que se esté consultando a Jueces, debieron de haber participado en la elaboración del anteproyecto, pero no es razonable que se los consulte en esta instancia sobre el proyecto que se debate porque eso son los Jueces que van a tener que aplicar la Ley. Ya están prejuzgando, están dimitiendo opiniones sobre el alcance de esa ley sobre su interpretación al margen del caso concreto y el Juez no esta para eso sino para resolver casos puntuales.”
YH: En su opinión ¿que trae aparejado, a grandes rasgos este nuevo Código Civil y Comercial ahora unificado, desde la mirada institucional y constitucional?
GB: En primer lugar no hablemos de un código unificado Civil y Comercial porque es una falsedad, solamente se sujetan a una normativa común algunos principios del Derecho Civil y Comercial; en segundo lugar la Ley Civil y Comercial son normas que regulan nuestra convivencia cotidiana (…).
YH: Estamos hablando del Código Civil y Comercial… una obra del Dr. Dalmasio Vélez Sarsfield.
GB: Sí… fue una obra de D. Vélez Sarsfield que se baso en el código de Napoleón(…), una serie de principios que también estaban en el Derecho local en la Legislación Indiana y que determinaron un cuerpo muy orgánico que ha funcionado perfectamente durante décadas, por supuesto con reformas pero que en ningún momento reflejaba una necesidad de un cambio integral de ese cuerpo.
YH: El anteproyecto fue anunciado el 27 de marzo del año pasado por la propia Presidenta de la Nación junto con Ricardo Lorenzetti. Y a lo largo de todo el año pasado la Bicameral asegura que recorrió el país con una serie de audiencias públicas donde numerosos actores de la Sociedad Civil aportaron sus opiniones sobre el proyecto ¿Qué hay de verdad en todo esto?
GB: El anteproyecto fue elaborado por 3 Jueces, dos Jueces de la Corte Suprema de Justicia Lorenzetti y Elena Highton de Nolasco y una Jueza del Tribunal de Mendoza; ellos elaboraron un Anteproyecto y lo elevaron al Ejecutivo, el Ejecutivo le introdujo ligeras modificaciones y lo presento para su tratamiento en el Congreso. Y en el curso del año pasado hubo muchas audiencias públicas, debates muy interesantes (…), sorprendentemente allá por el mes de octubre se paralizo completamente el tratamiento, en el curso de este año no se trato absolutamente, y hace 20 días atrás nos enteramos que el Poder Ejecutivo resolvió reflotar el tema pero sobre la base de 3 proyectos. Hay tres proyectos diferentes basados en el ante proyecto cuyo contenido no conocemos. Uno lo fue elaborando el Poder Ejecutivo mediante el Ministerio de Justicia, otro lo fue elaborando el Frente para la Victoria y hay un tercer proyecto que no sabemos quién lo hizo, y sobres estos 3 proyectos no se dio el debate del 2012 sino que se instala directamente en el congreso y se deja implícito la necesidad de que se solucione antes del 9 de diciembre de este año; uno piensa, acá hay otras razones del tipo política (…) que escribe el Ejecutivo para efectuar esa modificación con absoluto desconocimiento de la ciudadanía. Uno tiene el derecho de saber qué clase de normas se están elaborando y para qué.
YH: -No lo he leído en forma completa aun, pero si esta iniciativa contiene cambios en materia de matrimonio, divorcio, reproducción humana asistida, adopción, propiedad comunitaria indígena, sociedades de un solo socio y derechos personalísimos….no lo veo mal…Ahora, “Los artículos 240 y 14 del proyecto me permiten dudas acerca del derecho de propiedad. El 240 se titula Límites al ejercicio de los derechos individuales sobre los bienes…que estos deben ser compatibles con los derechos de incidencia colectiva, digamos, un concepto ambiguo… ¿Qué dicen los .Art. 240 y 14 del proyecto?….
GB: No se si en el texto que está tratando el congreso está esa norma. Se dice que el derecho de propiedad tiene una función social y que su ejercicio queda subordinado a los derechos e intereses colectivos, con lo cual entramos en una zona gris que no sabemos hasta donde está el límite y la libertad, que son los intereses colectivos… quien los determina. Es una zona que acarrea cierta cuota de inseguridad Jurídica de manera innecesaria. Es cierto que hay muchas modificaciones que pueden ser opinables pero que no se pueden tachar de violatoria de nuestro sistema político constitucional, todas las referentes al derecho familiar, etc.
La preocupación reside, para mí, fundamentalmente y así lo especificó el año pasado la Academia Nacional de Derecho, la premura en que se quiere transformar en Ley este nuevo Código Civil y sin dar conocimientos a los especialistas y a la gente en general sobre el contenido de estas modificaciones.
Se ha dicho que la Iglesia, por ejemplo, fue invitada y dialogo con el gobierno, con el Poder Ejecutivo sobre algunas modificaciones que se introdujeron al texto del Código Civil, me parece muy bien… pero también sería bueno que otros sectores de la sociedad también puedan participar (…).
YH: Ha leído algo de lo que le ha llegado del alcance sobre penas o no, gravosas de funcionarios públicos… porque ahí también tenemos una isla….parece que un funcionario es alcanzo según al normativa expresa, pero la normativa expresa no figura por ningún lado… resulta que uno busca la normativa y la normativa no está integrada a esta nueva propuesta….
GB: Es cierto, esa es una inquietud que tenemos muchos (…) ya el Estado no ha incluido (…)al régimen general de responsabilidad civil que están sujetas todas las personas en un pie de igualdad ( a los funcionarios en etapas anteriores), aparentemente se le quiere dar un trato preferencial, lo que no se compadece con la tendencia mundial moderna en los resguardos de los derechos humanos. No se le puede dar al estado un rol preferencial frente a los derechos humanos individuales. Y hay algunas perlitas que por ejemplo van a tocar la libertad de expresión, por ejemplo la prohibición no solamente de difundir, sino también la prohibición de captar imágenes y voces aunque no se difundan….
YH: Hay otro tema peor, “estoy obligado a revelar mi fuente”, cuando hasta ahora la ley me obligaba a través de un Juez. …
GB: …Sí… se llega a interpretar esa clausula de ese modo, yo creo que no va a ser válida, porque colisiona con la Constitución Nacional que establece el secreto profesional y por añadidura el secreto de la fuente con rango Constitucional, pero todo es posible. También es desprolijo el hecho de que se esté consultando a Jueces, debieron de haber participado en la elaboración del anteproyecto, pero no es razonable que se los consulte en esta instancia sobre el proyecto que se debate porque eso son los Jueces que van a tener que aplicar la Ley. Ya están prejuzgando, están dimitiendo opiniones sobre el alcance de esa ley sobre su interpretación al margen del caso concreto y el Juez no está para eso sino para resolver casos puntuales.
YH: A mí, y disculpando mi ignorancia técnica acerca (…) ya me asombraba que la propuesta llevara la firma de 3 integrantes de la Corte o que por este tema el Presidente de la Corte vaya al Congreso la semana que viene cuando tiene que ser como Ud. dice la Corte en definitiva quien de la puntada final a todo lo que llegue…..
GB: Así es, esto de que la Corte vaya al Congreso y que no vayan los Legisladores al despacho del Juez si quieren consultar algo…. El Juez tiene que tener mucha cautela en determinar si va a aceptar la consulta que se le hace o no. Porque si quiere transformarse en un consultor tiene que renunciar al cargo de Juez. Hay que preservar la imagen del Poder Judicial.
YH: Como analiza tras la reforma Judicial todo lo que estamos enfrentando en la Argentina desde lo institucional….
GB: Estamos viviendo un agudo proceso de deterioro institucional, eso es evidente, y lamentablemente no se frena ese deterioro. Esperemos que pueda acontecer algo con las presiones políticas que empiece a ejercer la oposición, y otros grupos sociales para establecer una suerte de equilibrio…
YH: Ahora de esto, porque así lo llaman en el Congreso “Código Civil y Comercial Unificado”, por sobre todo esta la Constitución Nacional.
GB: Si…(risas), aunque mucho no se ha cumplido…pero está, esta la Constitución Nacional…